Tribunal de Justicia de Unión Europea confirma derecho de Venezuela a impugnar medidas restrictivas


El Comunicado publicado por el TJUE indica que sanciones impuestas a Venezuela en su contra "impiden procurarse numerosos bienes y servicios"
Tribunal General, deberá pronunciarse sobre el fondo de recurso de anulación

Prensa MPP- Despacho (AVN/ 22.06.21).- El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) rectificó la sentencia del Tribunal General de la UE este martes, en la cual confirma el derecho de Venezuela a impugnar un reglamento que establece medidas restrictivas en su contra, difundió la Cancillería venezolana.

A través de su cuenta en Twitter, la Cancillería compartió la publicación de Manu Pineda, secretario del Área Internacional de Partido Comunista de España, Eurodiputado de Unidas Podemos-IU, quien resalta: "Buena noticia: el TJUE rectifica al Tribunal General de la UE y confirma que Venezuela tiene derecho a recurrir legalmente las medidas restrictivas y sanciones impuestas en su contra porque "impiden procurarse numerosos bienes y servicios".

El también presidente de la Delegación del Parlamento Europeo para las relaciones UE-Palestina compartió el comunicado de prensa del TJUE, el cual afirma que el Estado Venezolano "está efectivamente legitimado para impugnar un reglamento que establece medidas restrictivas en su contra. El Tribunal de Justicia anula la sentencia del Tribunal General que había declarado lo contrario y le devuelve el asunto para que se pronuncie sobre el fondo del recurso anulación".

"Dicha sentencia establecía, en particular, la prohibición de vender o suministrar a cualquier persona física o jurídica, entidad u organismo en Venezuela equipos militares y las tecnológicos relacionados con ellos que pudiera utilizarse para la represión interna, así como la prohibición de prestar a esas mismas personas físicas o jurídicas determinados servicios técnicos de intermediación o financieros relacionados con el suministro de dichos equipos", indica el comunicado.

Asimismo, el Tribunal de Justicia declara que el Tribunal General incurrió "en error derecho al considerar que las medidas restrictivas en cuestión no surten efectos directamente en la situación jurídica de Venezuela", y a su vez se pronuncia "sobre el fondo de los demás motivos de inadmisibilidad inicialmente invocados por el Consejo ante el Tribunal General".

"Además dado que los artículos de dicho reglamento impugnado por Venezuela no incluyen medidas de ejecución, el Tribunal de Justicia concluye que este Estado tercero está efectivamente legitimado para impugnarlos sobre la base cita de la citada disposición sin tener que demostrar que dichos artículos lo afectan individualmente", sentenció el TJUE.

Foto: Cortesía


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