Jefe de Estado firma Decreto de Emergencia Económica ante amenaza comercial global
Foto: Prensa Presidencial
Medida urgente para garantizar el funcionamiento de la economÃa y la protección del pueblo
Prensa MPP- Despacho (Eleonor Sánchez / 09.04.2025). – Desde el Poliedro de Caracas, durante la activación del Motor Telecomunicaciones y Nuevas TecnologÃas, el presidente de la República Bolivariana de Venezuela, Nicolás Maduro, firmó un Decreto de Emergencia Económica, para proteger integralmente a todos los sectores productivos, garantizar el equilibrio y la recuperación.
Ante las circunstancias internacionales y el impacto de la guerra comercial económica contra el paÃs y el mundo, el Jefe de Estado, apeló a las facultades constitucionales del instrumento, para trabajar y activar distintas modalidades de polÃticas públicas, con el objetivo de proteger la economÃa nacional.
El Dignatario, destacó que el objetivo central de la resolución es resguardar los derechos económicos, sociales, culturales y educativos del pueblo venezolano.
Principales ArtÃculos
ArtÃculo 1. Se declara el estado de Emergencia Económica en todo el paÃs, para que el Ejecutivo pueda adoptar regulaciones urgentes que le permitan preservar la economÃa nacional y garantizar el acceso a bienes y servicios esenciales.
ArtÃculo 2. El Presidente podrá: Dictar regulaciones excepcionales y transitorias para estabilizar la economÃa; suspender la aplicación y cobro de tributos para proteger el aparato productivo; establecer mecanismos para combatir la evasión fiscal y favorecer la producción nacional; promover la inversión nacional y extranjera y autorizar contrataciones necesarias para restablecer derechos fundamentales y acceso a servicios esenciales.
ArtÃculo 3. Se suspende la garantÃa constitucional de reserva legal en materia económica y financiera. Esto significa que ni la administración pública ni otras entidades pueden limitar o modificar estas regulaciones mediante normas de rango inferior.
ArtÃculo 4. El Ejecutivo podrá dictar medidas de orden social, económico o polÃtico que considere pertinentes ante la situación extraordinaria para resguardar los derechos del pueblo.
Cabe destacar, que el articulado presentado en Caracas, este martes, estará vigente durante un lapso de 60 dÃas, prorrogable por un perÃodo similar y entrará en vigencia a partir de su publicación en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela.