La Dirección de Redes Sociales, tiene por objeto dirigir, coordinar y ejecutar las relaciones del Presidente y el Ministerio del Despacho de la Presidencia con el Poder Popular.
Corresponde a la Dirección de Redes Sociales:
1. Establecer las estrategias necesarias para la formulación de los respectivos programas de acompañamiento de las Redes Sociales.
2. Proponer los lineamientos básicos para la elaboración de los proyectos de reglamentos inherentes a las Redes Sociales.
3. Desarrollar, proponer y coordinar el sistema de diagnóstico de situación y de evaluación de resultados de la gestión de las Redes Sociales.
4. Diseñar, implementar y mantener la plataforma tecnológica para la interconexión de las redes sociales con la Presidencia de la República.
5. Asesorar en el establecimiento de los lineamientos generales y los criterios técnicos que orienten a las Redes Sociales.
6. Las demás actuaciones que sean inherentes a sus funciones, que le asigne el Ministerio del Poder Popular del Despacho de la Presidencia o el Viceministro de Articulación Social.
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